
Lo que debe saber sobre Resbaladicidad
Existe una multitud de pavimentos de tránsito peatonal de alta concurrencia como hoteles, piscinas, colegios, hospitales, edificios y dependencias municipales. Cuando se trata de resbaladicidad tambien hay que considerar zonas interiores secas de edificios públicos de alta concurrencia tales como colegios y hospitales.
Los polideportivos municipales, pistas de futbol sala, frontones y pistas deportivas en general, tampoco están exentos de cumplir la normativa actual al igual que en parkings, carreteras y gasolineras, incluso en pasos de peatones.
Todos estos pavimentos deben tener unas características determinadas conforme a su resbaladicidad. Para cada uno de ellos se referencia a unos valores determinados exigibles por ley ya que pueden generar caídas por diferentes motivos, daños personales (a veces serios) y por supuesto generar responsabilidades patrimoniales .
La Problemática Sobre Resbaladicidad
Pavimentos colocados antes del 2006
Las normas tecnológicas de la edificación, en concreto la norma NTE RSR de 1984, no tenían carácter obligatorio. En la práctica habitual de los proyectos ejecutados entre 1980 y 2006 se solía indicar que las partidas fueran conforme a las Normas Tecnológicas de la Edificación. Sin embargo el ensayo de resistencia al deslizamiento no se llevaba a cabo.
- Hasta la elaboración del proyecto de norma ISO 13006 de 1984 sobre baldosas cerámicas, no se había tenido nunca en cuenta la resistencia al resbalamiento en baldosas destinadas a pavimento por los fabricantes , es decir que había una ausencia total.
- Desde mediados de la década de los 90 los fabricantes europeos adoptan mayoritariamente el método TORTUS de coeficiente de fricción. Los valores de 0,40 adoptados fueron totalmente insuficientes para no comprometer de forma importante la salud o seguridad de los usuarios.
Pavimentos colocados después del 2006 (Entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación)
- Certificado/declaración de prestaciones del fabricante. Los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones (sistemas EVCP) adoptados mayoritariamente por los fabricantes (Sistemas 3 y 4) realmente están dando mucha problemática.
Sistema 1 | Certificado de producto por un organismo de Certificación notificado |
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Sistema 1+ | Certificado de producto por un organismo de Certificación notificado + ensayos por sondeo de muestras tomadas antes de la introducción del producto en el mercado |
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Sistema 2+ | Certificación de control de producción en fábrica por un organismo de certificación del control de producción en fábrica notificado |
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Sistema 3 | Determinación del producto tipo por un laboratorio de ensayo notificado |
Implantado también un sistema de control de producción en fábrica |
Sistema 4 | Declaración del fabricante sin intervención de organismos notificados |
Implantado también un sistema de control de producción en fábrica |
La mayoría de fabricantes de pavimentos sigue estos sistemas y esto se ha traducido en una problemática real.
Ver también:
PAVIMENTO ANTIDESLIZANTE
NORMATIVA DE PAVIMENTOS Y SUELO
LA ACCESIBILIDAD Y LA RESBALADICIDAD
ANTIDESLIZANTE PARA DUCHAS
ANTIDESLIZANTE PARA PAVIMENTOS DE GRES PORCELÁNICO


